martes, 12 de enero de 2010

EL ESCRITOR CIENTÍFICO / Horacio Cabrera Sifontes




La literatura como arte, es el oficio del que quiere escribir sobre cosas que no conoce. De tal esfuerzo nacen no solamente malabarismos retóricos y expresiones poéticas de gran resonancia, sino los aspectos frívolos de la escritura en los cuales se destacan príncipes del buen decir, de supremo estilo, pero todo, científicamente hablando, es perder el tiempo "buscando el tiempo perdido". Hay una au¬diencia que se conforma con la parte sonora más que con el fondo problemático de las cosas. Esa literatura es el arte de hablar mucho sin decir nada o sea "Mucho ruido y pocas nueces".



El escritor científico se apersona de una responsabilidad social buscando el rumbo de una sensata perfección. Analiza algo edificante, razonando de causa a efecto. Apuntando siempre y dando su aporte al progreso de la sociedad. Asume la audacia necesaria para arrastrar el conservatismo anquilosado y enfermizo que pretende estancar la sociedad y que agudiza las crisis. Ya que siempre hay quien le tema a una nueva síntesis del proceso evolutivo.
Aunque parezca paradójico, lo más difícil para el escritor es encontrar la forma adecuada para revolucionar los conceptos arcaicos que retardan el avance social. El escritor responsable debe arriesgarse a arrastrar todas las incómodas y estorbosas contradicciones que se oponen a darle paso al devenir.
No se es escritor al poetizar el dolor, ni al lanzar las marañas incomprensibles de sus más íntimos fracasos. La lucha no es de quejas ni condolencias. El escritor es elemento revolucionario que sondea solu¬ciones al complejo problema de la desigualdad social, al daño que nos hacen los conceptos macarrónicos de lo absoluto, contra lo cual viene el desafío filosófico de Kant desde el siglo XVIII.
Hay personas que celan apasionadamente sus sagrados temores que, en la forma ilusa de esperan¬zas místicas de origen legendario, le han dado aliento' aparente a sus vidas en pusilánimes pulsaciones sicológicas y fantasmagóricas.
Ninguna innovación ha sido nunca aceptada por la sociedad reaccionaria hasta que domina el mercado y se hace imposible desconocerla. A principios de siglo, la literatura buscaba el realismo crudo con algún sentido del humor que era la forma de ridiculizar los conceptos mohosos acatados por elorden social de una época en decadencia. De alli los punzantes epigramas, las caricaturas grotescas. De allí el símbolismo francés de los parnasianos que respetaban los aspectos éticos y artísticos. Por otro lado hacía irrupción la filosofía positivista de Taine basada en la función humanitaria del arte. Resurgía en todas las manifestaciones literarias la posición de Diderot ante la vida pre-revolucionaria de la Enciclo¬pedia. Se invocaba a Rabelais con su hiriente sátira de Gargantúa y Pantagruel buscando a liberar a la Edad Media de las supersticiones que la saturaban. El proceso dinámico del arte trajo los ensayos renovadores del Expresionismo, del Surrealismo positivista. La guerra cambió las tendencias y se dio más importancia a la vida humana. Resurgieron los aspectos bucólicos y pastoriles en la apreciación artística, como quien sugiere un regreso al pasado armónico, pacífico, musical, en que el ánimo podría recrearse, lejos de los afanes de las conflagraciones suicidas.
La literatura de los conservadores tendió a resaltar las figuras bíblicas y el arte sigue sus pasos santurrones con sus amenazas supra-terrestres.
Aparecen las proposiciones modernas del Rea¬lismo en etapas intermitentes y tambaleantes bus¬cando estabilidad, ante la evolución de la moda y especialmente de la economía que viene a ser el fundamento motor del proceso.
En la Venezuela petrolera y ferrífera están dadas las condiciones para que aparezca una obra de fin de siglo sacando a remate los prejuicios. Una especie de "La Rebelión de los Ángeles" o "La Isla de los Pingüinos" de Ana tole France. Cuando leí la gran obra de Uslar Pietri merecida mente premiada, titulada "Una Visita en el Tiempo", al principio me pareció que era la obra que reclama el momento, así como salió El Decamerón en época crítica; así como "El Nombre de la Rosa" de Umberto Eco y aún como "Fuegos Bajo el Agua" de nuestro querido gran investigador Isaac. Pardo. El Doctor Uslar se va al fondo del sentimiento humano asqueando los sistemas de los "Autos de Fe" conque la aristocracia "religiosa" quería acallar a los estudiosos, eliminándolos por medio del terror. La presencia del gran muchacho que llega a ser Juan de Austria, ante los empalamientos y la pira, soporta un impacto asombroso, que contradice toda
idea de justicia. Pero, el autor, dominado por la verdad histórica, se sustrae a la fuerza revolucionaria conque se inicia.
El Decamerón fue un libro explosivo en el oxidado orden sacerdotal que contrabandeaba su lascivia dentro de una socarrona santidad. El tiempo es el juez infalible. Hoy se niega con poderosas razones que Boccacio quien fue asistido en su vida literaria por Petrarca, haya sido un burlista obsceno o un cínico sexual. La ocurrencia trágica de sus mujeres, la vivencia libidinosa de sus presbíteros, originó una irregularidad que sólo los embates de un escritor atrevido nivelaría como moral de la época. La vigencia acusadora de la obra se muestra hoy hasta simplista en su permanencia en el tiempo.
Ya estamos haciendo crisis en este País que fue sembrado por la Inquisición. Hay que sacrificar en el altar de la ciencia la moral rancia de los conceptos absolutos. Es absurdo que quien vive o viaja en un medio que se desplaza y se transforma sin solución de continuidad, se empeñe en mantener estático o inamovible cualquier engranaje del sistema.
La rebelión de la poesía, la filosofía, la escultura y la literatura, busca deslastrarse de las viejas reglas que han querido Mantenerse en metros rígidos, donde hay que sacrificar la idea a viejos conceptos pre¬establecidos.
Ese mismo proceso revolucionario se está gestando en la mente humana y es más exigente entre nosotros que todavía sufrimos los rigores criminales de la Inquisición y del parapeto fatídico y burlista del confesionario.
El escritor que teme al cambio en la mecánica de pensar que hoy impone la ciencia como método inductivo, quedará arrinconado por la inercia, pues la transformación permanente es la ley atómica ya consagrada en el Mundo.
El escritor debe penetrar con franqueza, sin medias tintas, al campo del luchador y así la literatura entra a ser de provecho social y la fama del autor, aunque tardíamente como en todos tos éxitos, tendrá reconocimiento al paso inexorable del tiempo y de la evolución.










lunes, 11 de enero de 2010

LA CASA AGOSTO MENDEZ, Sede de la AEV


La casa que el pueblo de la capital bolivarense donó al médico José Manuel Agosto Méndez, autor del Himno del Estado Bolívar, ha sido ofendida por los escombros que el contratista para la remodelación de un inmueble del Consejo Legislativo Regional, arrojó sobre ella.

Por supuesto, la Casa Agosto Méndez que es patrimonio cultural de los bolivarenses y también histórica por hallarse dentro del corazón del Casco Histórico que es Monumento Público Nacional, no estaba en las mejores condiciones, pero es evidente que los escombros la degradaron, la devaluaron en forma tal que será costosa recuperarla por la Asociación de Escritores, su actual propietaria.

Dos cartas han sido enviadas al CLEB, una en agosto y esta que sigue el 30 de octubre, que hasta la fecha no han tenido respuestas.

Ciudadanos Presidenta Mirian Reyes y demás diputados del Consejo Legislativo del Estado Bolívar: A nombre de la Asociación de Escritores de Venezuela, Seccional Bolívar, me dirijo a usted para plantearle lo relacionado con la Casa Agosto Méndez contigua del inmueble esquina, entre las calles Constitución y Concordia, adquirida por el Consejo Legislativo Regional para extensión de sus oficinas.

Esta Casa Agosto Méndez, patrimonio cultural de la ciudad, fue comprada en febrero de 2002 a los herederos universales de Juan A. Montes Ávila para su sede permanente y establecer en ella una biblioteca de autores guayaneses. Pero había que restaurarla de acuerdo con un proyecto levantado por la Oficina Técnica del Casco Histórico cuando ésta estaba bajo la titularidad de la arquitecta Mildred Egui Boccardo.

Para los trabajos de refacción y restauración se comprometió ante el doctor Camilo Pefetti, entonces secretario de finanzas de la AEV, el ex alcalde Lenin Figueroa, dado que el doctor Agosto Méndez había sido Presidente Municipal durante 25 años pero el doctor Figueroa finalizó su mandato sin cumplir la promesa.

Sabedor el diputado Alfredo Arcila de esta situación se comprometió llevar el asunto a conocimiento del CLEB, para lo cual le entregamos el proyecto, pero en esos días lo nombraron Vicepresidente de la CVG y no ha sido posible seguir en comunicación con ustedes hasta ahora que volvemos acudir ante el CLEB, del cual los intelectuales bolivarenses aguardan una respuesta favorable, fundamentalmente porque esa casa se adquirió para Agosto Méndez por iniciativa del Poder Legislativo que inició una colecta pública en 1943, pues el médico y poeta, autor del Himno del Estado Bolívar, había sido diputado y varias veces Presidente de ese Poder y no tenía casa propia no obstante haber sido un servidor público durante toda su vida profesional.

Efectivamente, el doctor José Manuel Agosto Méndez, quién nació el 9 de julio de 1872 y falleció el 8 de febrero de 1944, tiene el mérito además de haber estudiado y graduado médico en el Colegio Federal de Guayana del que también fue docente de varias asignaturas y fundador de la revista Horizonte, órgano mensual del Centro Científico y Literario de Ciudad Bolívar que circuló desde 1998 hasta 1914 y la Gaceta Médica desde 1914 hasta 1944. Escribió 17 libros y fue uno de los propulsores de los Juego Florales del antiguo Teatro Bolívar donde hoy se alza el Palacio Legislativo.

Lo que aspira la colectividad bolivarense, especialmente médicos e intelectuales guayaneses, es que el CLEB termine lo que comenzó, vale decir, reconstruya y restaure la casa Agosto Méndez aprovechando los trabajos del inmueble contiguo que sirvió durante mucho tiempo de Archivo General del Estado y cuyos escombros fueron arrojados por el contratista dentro del histórico inmueble causando doble daño del que antes tenía.

domingo, 10 de enero de 2010

ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA AEV / Américo Fernández

(Ese reportaje fue escrito y publicado en el diario “Correo del Caroní” el 30 de noviembre de 1997)

La asociación de escritores, fundada por intelectuales venezolanos, proclamó el 29 de noviembre como su Gran Día para de esta manera honrar a don Andrés Bello, notable filólogo, poeta, educador y periodista nacido en Caracas en 1781 y fallecido en Chile en 1865 donde destacó como Rector de la Universidad de Santiago durante 22 años.

Andrés Bello fue además el primer redactor de la Gaceta de Caracas, autor del código civil de Chile, de la primera antología americana, de la biblioteca y el repertorio americano, traductor del Sofocles, Eurífedes, Virgilio y Homero.

La Asociación de Escritores, concebida para trabajar, como dicen sus estatutos, por el más amplio desarrollo de la cultura, en particular de las letras, por la elevación de las condiciones sociales y económicas del escritor y por la defensa de sus derecho y de las libertades políticas, celebra desde 1935 cuando fue fundada, la fecha del nacimiento de Andrés Bello como si fuese la fecha del nacimiento del autentico escritor venezolano.

Podríamos decir entonces que con Andrés Bello nace en Venezuela esa pasión por escribir en el sentido más enaltecedor de la investigación y la creación literaria.

Correspondió al antropólogo Miguel Acosta Saignes ser el primer presidente de la Asociación de Escritores de Venezuela, seguido por notabilidades como Arturo Uslar Pietri, Díaz Sánchez, Luis Pastori, Pascual Venegas Filardo, Rómulo Gallego, José Ramón Medina y otros que serian largo enumerar pero que le dieron a la Asociación el cuerpo y la solides gremial que conforman a ahora 24 seccionales en las cuales militan 1400 escritores.

Entres esa Seccionales está la de Ciudad de Bolívar, fundada el 1967 por iniciativa, entre otros, de José Sánchez Negrón. Mimina Rodríguez Lezama, Elías Inaty y Mercedes Quiroga pero como institución civil sin fines de lucro con personería jurídica y patrimonio propio, pero no fue registrada si no el 16 de mayo de 1990 y ratificada el miércoles 7 de Noviembre de 1990. Es realmente cuando la AEV toma cuerpo, impulso, solidez, y logra un subsidio del CONAC de 250 mil bolívares, el cual se multiplica con la actividad gremial hasta formar un fondo editorial que le permitió publicar los siguientes 5 libros “Rumor de la memoria", de Elías Inaty; “Ventana al Sol”, de Iris Aristiguieta; “La Selva, Protagonista de la novela Canaima”, de Diógenes Troncones; “Este Silencio Siempre”, de Teresa Coraspe y “Héroes y Espantapájaros” de

Mimina Rodríguez Lezama. De igual manera, la revista “La Palabra”, de la cual circularon 3 números, sustituida en 1992 por la revista “Urinoko”, con la cual la publicación aevista modificó el formato y mejoro la calidad, gracias a la colaboración de la periodista Albor Rodríguez y el diseñador Iván Castillo.

Esta Junta Directiva, ratificada para un segundo periodo, la conformaba el doctor Elías Inaty, en calidad de presidente; Américo Fernández Secretario General, Mercedes Quiroga Secretaria de Finanza, Iris Aristiguieta Secretaria de Actas, Reinaldo González Secretario de Cultura, Vocales: Guillermina (Mimina) Rodríguez Lezama y Diógenes Troncones Sánchez. Tribunal disciplinario: Horario Cabrera Sifontes, Teresa Coraspe y Abraham Sallom.



PRIMERA CONVENCIÓN NACIONAL

La AEV, seccional, tuvo el privilegio de ser anfitriona de la Primera Convención Nacional de Seccionales, realizada en Ciudad Bolívar los días 18, 19, y 20 de agosto de 1973, siendo presidente el poeta José Sánchez Negrón a la cual asistieron delegados de 15 seccionales, para debatir como materia principal lo que entonces era preocupación de los intelectuales venezolanos: la Ley sobre Derecho de Autor que databa del mes de noviembre de 1962, en sustitución de la Ley de Propiedad Intelectual del 13 de junio de 1928.

En esa ocasión dijo el doctor José Ramón Medina, presidente de la Asociación de Escritores de Venezuela que se había escogido a Ciudad Bolívar como sede de la primera convención, “por muchas razones, entre ellas, precisamente porque aquí palpitan las costumbres venezolanas desde las más anchas tradiciones históricas, porque Ciudad Bolívar no solo recoge el homenaje y el mensaje del gran hombre- el padre de la patria- sino porque aquí además está centrado el pasado, el presente y el futuro de Venezuela.”

En el acto inaugural le fue impuesta la medalla del escritor a los intelectuales bolivarenses de Lucila Palacios, Luz Machado y Héctor Guillermo Villalobos.

La ponencia base la presentó Ramón Urdaneta y en torno a ella la convención acordó pedir el nombramiento de una comisión para estudiar la posibilidad de fusionar la ley sobre Derecho de Autor con la Ley Nº3 de Deposito Legal de Bibliotecas Nacionales. Asimismo aprobó que Venezuela, a través de los organismos competentes, procediera a suscribir y ratificar las convenciones internacionales que tendieran al beneficio y defensa de los derechos del escritor venezolano.

La elaboración de una Ley de Ejercicio de la profesión de escritor para la defensa de este gremio creador de las bases fundamentales de la cultura nacional; la creación de un Instituto de Prevención Social del escritor, con los fondos, donaciones y legados que para ello se destinen, dada la necesidad social y económica que pesa sobre estos profesionales, al tener en cuenta que la producción intelectual para beneficio de la cultura nacional es casi un magisterio ejercido de por vida, cuyo fin esencial no es pecuniario sino moral.

La convención declaró que al reconocer el derecho del escritor a una remuneración justa por el trabajo que realiza, debe estimularse la proyección y funcionamiento del Sindicato de Trabajadores Intelectuales.

Propuso también la convención que para la recta aplicación de la ley, debe procederse a la reglamentación de honorarios mínimos del trabajador intelectual, fundados en la premisa de que todo esfuerzo del ingenio creador debe ser necesariamente compensado, teniendo en cuenta los sistemas utilizados en los países en desarrollo, donde se retribuye la labor creativa tomando en consideración la cuantía de la edición, el valor de la misma, categoría del tema a tratar y el monto de palabras del texto, para evaluar, de acuerdo con tarifas establecidas, el trabajo intelectual realizado de manera que no se explote en modo alguno, en condiciones por debajo de lo normal, la labor del escritor en su mas amplia acepción, bien en forma ocasional o permanente, teniendo presente que su contravención ocasionara los apercibimientos y multas a que haya lugar.

Acordó por otra parte solicitar del presidente de la Republica la construcción de la Casa de Cultura con el nombre de “Carlos Raúl Villanueva para honrar así al artista de renombre nacional, por su invalorable aporte en la realización de la obra arquitectónica del Museo de Arte Moderno Jesús Soto y que se estudie la posibilidad dentro del edificio de la expresada Casa de la Cultura, una sede para el funcionamiento en condiciones idóneas del Ateneo, la Seccional de la AEV, los talleres de arte y otros organismos.



LOGROS OBTENIDOS.

Lo acordado en la convención de Ciudad Bolívar ha dado sus frutos desde entonces, especialmente desde 1987 que el Secretariado de Barinas acordó modificar los estatutos para favorecer a los escritores con producción inédita que ahora pueden ingresar a la AEV con solo ser calificadas sus obras por una comisión de credenciales.

Permite, asimismo esta reforma el funcionamiento de un banco de obras inéditas que vendrían a favorecer el fondo de la Editorial “Orlando Araujo” que la propia AEV fundó en Caracas en mayo de 1987, con un subsidio de medio millón de bolivares aportados por el ministerio de Educación, y con lo cual se inicio la reedición de los cuadernos literarios de la AEV.

El Impre-Escritor que venía funcionando desde 1977 con un numero bajo de cotizantes y un campo de acción restringido, mejoró desde fue adscrito al instituto de Prevención Social del Trabajador Cinematográfico. A el se han incorporado también artitas plásticos y críticos de arte.

En cuanto a la Ley sobre el Derecho de Autor, esta fue recientemente reformada, siempre en busca de la perfección y, hoy por hoy el escritor venezolano cuenta con un instrumento legal de protección el cual establece sanciones penales a todo aquel que con intención y sin tener derechos para ello, emplee el titulo de una obra, representante o reproduzca en forma original y elaborada, integra o particularmente, obras literaria. Faltaría como complemento esencial que el Congreso de la Republica apruebe la Ley de Ejercicio del Escritor cuyo proyecto se halla engavetado.



LA SECCIONAL CIUDAD BOLIVAR.

No obstante que la Asociación de Escritores de Venezuela se fundo en Caracas en 1935 a raíz de la caída de Juan Vicente Gomes, no es sino en 1967cuando se crea en ciudad Bolívar bajo la presidencia del poeta José Sánchez Negrón, quien hizo todo lo posible para que la AEV no funcionara como un club como es el caso de la mayoría de las seccionales en el país. Siempre fue su directivo más activo hasta el 19 de agosto de 1989 cuando falleció. Ya no esta, pero nos dejo sus libros, varios de ellos galardonados, y una de las más completas bibliotecas de la ciudad, por la cual el gobierno regional debería interesarse apoyando a su hermano el Doctor Alcides Sánchez Negrón, quien ha pensado en ponerla al servicio de los citadinos através de una fundación. Otro miembro y directivo fallecido que dono su biblioteca a la ciudad fue el escritor Horacio Cabrera Sifontes, la cual espera por espacios en la Biblioteca Rómulo Gallegos.

La AEV, seccional, tuvo jurisdicción en todo el estado Bolívar hasta 1988 cuando los miembros residentes en la Zona del Hierro resolvieron fundar la seccional Ciudad Guayana, entonces bajo la presidencia del poeta Alis Daenot, quien posteriormente moriría en accidente de transito.

Desde la fundación de la AEV, seccional,, han pasado por la presencia, además del poeta José Sánchez Negrón, Mimina Rodríguez Lezama, Elías Inatty, Américo Fernández, René Silva, Diógenes Troncones Sánchez, Teresa Coraspe y ahora, luego de un lamentable lustro de estancamiento, la secretaria general ha caído de nuevo en mis manos, acompañado en la directiva, por Diógenes Troncones Sánchez y Rene Silva Idrogo y en el tribunal disciplinario Teresa Coraspe, Iris Aristiguieta y José Antonio Fernández, con la fortuna de que un miembro y ex directivo de esta asociación, doctor Víctor Medina Silva, es Director de cultura y en una asamblea nos asomó la posibilidad de tener sede fija, en la casa de la Poesía que ahora nos ha entregado el señor gobernador Jorge Carvajal Morales, en calidad de comodato, a objeto de que, además de sede, utilicemos sus espacios para una actividad cultural y digna de la ciudad.

ACTA CONSTITUTIVA DE LA AEV SECCIONAL


Nosotros: ELIAS INATY, AMERICO FERNADEZ, MERCEDES QUIROGA, IRIS ARISTIGUIETA, REINALDO GONZALEZ, GUILLERMINA RODRIGUEZ, DIOGENES TRONCONES SANCHEZ, HORACIO CABRERA SIFONTES, TERESA CORASPE, y ABRAHAN SALLOUM; mayores de edad, de este domicilio, identificados con las cedulas de identidad cuyos números aparecen anotados al pie de nuestras firmas; por medio del presente documento declaramos:
Que hemos convenido en constituir, como en efecto formalmente CONSTITUIMOS, una ASOCIACION CIVIL sin fines de lucro; la cual se regirá de la manera siguiente:

CAPITULO I

DEL NOMBRE Y DOMICILIO: La Asociación se denominará “ASOCIACION DE ESCRITORES DE VENEZUELA – SECCIONAL BOLIVAR”. y su domicilio será Ciudad Bolívar, Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar; pudiendo establecer oficinas, filiales u otras dependencias en cualquier otro lugar del Estado Bolívar.

CAPITULO II

DEL OBJETIVO: La asociación tendrá por objeto el desarrollo de la cultura en todas sus manifestaciones, y de manera muy especial el ámbito literario; el mejoramiento social, económico y moral de sus afiliados; la defensa y protección de sus derechos, y de las libertades publicas. No tendrá fines de lucro.

CAPITULO III

DE LAS FINANZAS: La Finanzas de la Asociación las conformarán las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus asociados; legados, donaciones de particulares y otras instituciones de carácter publico o privado; los ingresos derivados de actos que se realicen en beneficio de la cultura, venta y ferias de libros; y en general, de sus actividades culturales.

CAPITULO IV

DE LA DURACACION: La Asociación tendrá una duración por tiempo indefinido; y su disolución sólo tendrá lugar cuando se haga imposible la consecución de los fines para los cuales fue constituida; o por otras causas señaladas en la Ley. En caso de liquidación se procederá conforme a lo establecido en el código Civil.

CAPITULO V

DE LOS MIEMBROS O ASOCIADOS: Son MIEMBROS ACTIVOS de la Asociación, los escritores venezolanos o extranjeros, con domicilio o residencia en el Estado Bolívar, que manifiesten su voluntad de pertenecer a la Asociación, contribuir con los fondos sociales, y cumplir con sus Estatutos. Para ser miembro activo se requiere estar solvente en el pago de las cotizaciones. También existirán los MIEMBROS HONORARIOS, que serán designados por la junta Directiva en forma temporal o vitalicia, aquellos escritores que reúnan meritos suficientes, en atención a su labor humanística, literaria o científica. En estos casos no se requiere que residan en el Estado Bolívar, ni tampoco estarán obligados a pagar cuota alguna.

CAPITULO VI

DE LAS ASAMBLEAS: La Asamblea General es el máximo organismo e administración de la Asociación; sus decisiones y acuerdos obligarán a todos sus miembros y a la junta Directiva. Ordinariamente se reunirá por lo menos dos veces al año, con el fin de tratar el informe y las cuentas que presente la junta Directiva. Y de manera extraordinaria, para tratar materias urgentes de interés para la Asociación. En ambos casos, previa convocatoria de por lo menos dos miembros de la Junta directiva, en forma personal o mediante aviso publicado en un diario local, con dos días de anticipación por lo menos. También podrá ser convocada la asamblea por la mayoría absoluta de los miembros activos.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA: La Asociación será administrada por una JUNTA DIRECTIVA integrada por siete (7) MIEMBROS ACTIVOS, cuyos cargos son: PRESIDENTE, SECRETARIO GENERAL, SECRETARIO DE ACTAS, SECRETARIO DE FINANZAS, SECRETARIO DE CULTURA Y BIENESTAR SOCIAL, PRIMER VOCAL, SEGUNDO VOCAL; quienes serán elegidos por la Asamblea General; duraran (1) año en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser ratificados, sin embargo, vencidos sus periodos, continuarán en el desempeño de sus funciones hasta tanto la asamblea designe el respectivo sustituto.

CAPITULO VIII

DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO: Existirá un TRIBUNAL DISCIPLINARIO compuesto por tres (3) miembros activos de la Asociación; quienes serán designados por la Asamblea General; duran un (1) año en el desempeño de sus cargos; pudiendo ser ratificados. Conocerán y decidirán en UNICA INSTANCIA de los casos que fueren sometidos a su consideración por la JUNTA DIRECTIVA, o cualquiera de los miembros activos. Sus decisiones se tomarán por mayoría absoluta, y no tendrá apelación.

CAPITULO IX

DESIGNACIONES: para el primer periodo se hacen las siguientes designaciones: PRESIDENTE, ELIAS INATY, SECRETARIO GENERAL: AMERICO FERNANDEZ, SECRETARIA DE FINANZAS: MERCEDES QUIROGA, SECRETATIA DE ACTAS: IRIS ARISTIGUIETA, SECRETARIO DE CULTURA: REINALDO GONZALEZ, PRIMER VOCAL: GUILLERMINA RODRIGUEZ, SEGUNDO VOCAL: DIOGENES TRONCONES SANCHEZ. TRIBUNAL DISCIPLINARIO: Presidente del Tribunal Disciplinario, se elige a: HORACIO CABRERA SIFONTES, MIEMBROS: TERESA CORASPE, Y ABRAHAM SALLOUM.

Todos, estando presentes, aceptaron sus respectivos cargos, y juraron cumplirlos fiel y cabalmente.

CAPITULO X

Se aprueban en todas y cada una de sus partes los ESTATUTOS DE LA ASOCIACION, constantes de 31 cláusulas, los cuales se firman en prueba de conformidad.

DISPOSICION TRANSITORIA: Se designa a los miembros ELIAS INATY, Y AMERICO FERNANDEZ, anteriormente identificados, para realizar y ejecutar todos los trámites necesarios legales, a los fines de la inscripción de la Asociación ante la Oficina Subalterna de Registro respectiva; quedando facultados y autorizados para suscribir los correspondientes Libros y Protocolos.

Ciudad Bolívar, a los dieciséis días del mes de mayo de mil novecientos noventa.

Publica de Venezuela. Oficina Subalterna de Registro del Distrito Heres del Estado Bolívar. Ciudad Bolívar, Diecisiete (17) de mayo del Novecientos noventa. Año 179º y 130º. El documento que antecede presentado para su registro fue leído, firmado y confrontado con su fotocopia por sus Otorgantes: ELIAS INATY Y AMERICO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nºs. 983.795 y 911.300 respectivamente, ante mi y las testigos instrumentales Lilia Contreras y Trina de Páez, hábiles y vecinas quienes dan fe de la Exactitud de las fotocopias de conformidad con el Articulo 90-A de la Ley de registro Publico. Los estatutos quedaron agregados al cuaderno de comprobantes bajo el Nº 98 Folio 98 del trimestre en curso. Queda registrado bajo el Nº 13 del tomo 11, del 2do trimestre de 1990. Derechos: renglón Bs. 6,00 especial Bs. 40,00 papel protocolo BS 2,00. Total Bs. 48, 00segun planilla Nº 218591 de la serie “B”.

REGISTRO DE DOCUMENTO DE LA AEV No. 2


ACTA DE LA ASOCIACIÓN DE ESCRITORES DE VENEZUELA, SECCIONAL BOLÍVAR

En Ciudad Bolívar, día viernes 03 de Junio del año 2005, en su sede ordinaria Casa de la Poesía y previa convocatoria personal y a través de comunicaciones, nos reunimos la mayoría de los miembros de la Asociación de Escritores de Venezuela Seccional Bolívar: Nosotros, todos escritores venezolanos, mayores de edad y de este domicilio: Elías Inaty, cédula de identidad N° 983.795, Américo Fernández, cédula d identidad N° 911.300; Mercedes Quiroga, cédula de identidad N° 728.86T; Iris Aristeguieta, cédula de identidad N° 768.219;Reinaldo González, cédula de identidad N° 3.500.110; Guillermina Rodríguez, cédula de identidad N° 81.501 y Teresa Coraspe, cédula de identidad N° 776.368 y con la excepción de los miembros también constitutivos; Diógenes Troncone Sánchez, cédula de identidad N° 271.286 fallecido el 8 de enero de 2005 y Abraham Saloum Bitar, cédula de identidad N° 8.875.122, fallecido el 21 de mayo de 2005, tal y como consta en documentos anexos; por medio del presente declaramos; que nos hemos reunido conforme a nuestra acta-estatutos constitutiva registrada en la Oficina Subalterna de Registros del Distrito Heres del Estado Bolívar, bajo el No. 13 del Tomo 11, del 2do. Trimestre de 1990 y, siguiendo las normas del Capítulo V de la mencionada Acta, acordamos lo siguiente: PRIMERO: aceptar como nuevos miembros activos a los escritores venezolanos, mayores de edad y de este domicilio: Riolama Fernández, Cédula 8.874.988; Ondina Fernández, Cédula 8.861.885; Oscar Pirrongelli, Cédula, 961.971; Víctor Medina Silva, Cédula 798.617; Celestino Zamora Montes de Oca, Cédula 89.527; Luís Ramón Camilo Perfetti, Cédula 771.777; René Silva Idrogo, cédula 769.641; Rusalca Fernández, .cédula 5,550.118; Aror del Carmen Fernández, cédula de identidad N° 11.175.367; Ángel Américo Fernández, cédula de identidad N° 4.981.000; Jorge Casanva, céduña de identidad 8.853033; Manuel Ramírez Barazarte cedula 4.977.969; María Alessia Romero Duarte, cédula 8.887:647; asimismo, el adolescente, venezolano>. de este domicilio Franco Darío Vitanza Fernández, cédula 19.298.042. SEGUNDO: designar, conforme Capítulo VII del Acta Constitutiva, la nueva Junta Directiva de la Asociación de Escritores de Venezuela Seccional Bolívar, quedando 'electos como directivos los ciudadanos venezolanos, mayores de edad Y de este domicilio, escritores: Riolama Fernández, en calidad de Presidenta; Víctor ' Medina Silva, Secretario General; Camilo Perfetti ,Secretario de Finanzas, Ondina Fernández, Secretaria de Actas, Oscar Pirrogelli Seijas, Secretario de Cultura y Bienestar Social; Reinaldo González, Primer vocal; Teresa Coraspe, Segundo vocal, arriba identificados. TERCERO: designar el Tribunal Disciplinario, que quedó conformado por los ciudadanos venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, René Silva !drogo, Celestino Zamora Montes de Oca y Américo Fernández, arriba identificados. CUARTO: designar a la ciudadana Riolama Fernández, anteriormente identificada, presidenta electa de la Asociación de Escritores de Venezuela Seccional Bolívar para realizar y ejecutar todos los trámites legales necesarios, ante la Oficina Subalterna de Registro respectiva quedando facultada y autorizada para suscribir los correspondientes libros protocolares. En Ciudad Bolívar, a los tres días del mes de Junio de dos mil cinco.

ESTATUTOS DE LA AEV SECCIONAL BOLÍVAR


DE LA ASOCIACION

Articulo 1. La Asociación de Escritores de Venezuela Secciona! Bolívar, es una institución civil de carácter gremial sin fines de lucro, con personería jurídica y patrimonio propio. Su fin primordial es trabajar por el más amplio desarrollo de la cultura, en particular de las letras; por la elevación de las condiciones sociales y económicas del escritor y por la defensa de sus derechos y de las libertades públicas.

Articulo 2. La Asociación tiene su domicilio en Ciudad Bolívar y estará afiliada a la Federación de Asociaciones de Escritores de Venezuela (FEDE-AEV) así como a las dependencias que ésta creare para el amparo y bienestar del escritor.

• Artículo 3. El patrimonio de la Asociación está constituido por las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus miembros y por los bienes que adquiera por cualquier titulo, incluidas las subvenciones, colaboraciones y donaciones recibidas.

DE LOS MIEMBROS

Articulo 4. Son miembros de la Asociación los escritores nacionales y extranjeros residentes en el Estado, aceptados como tales, previo cumplimiento de las formalidades y de los deberes que determinan estos Estatutos.

Articulo 5. A los efectos del articulo anterior, se entiende por escritor todo creador intelectual, con obras escritas, no necesariamente publicadas, que respondan a exigencias estéticas y admita calificación literaria, científica o humanística.

Artículo 6. Para ser miembro de la Asociación, el escritor aspirante dirigirá una solicitud a la Junta Directiva de la Asociación. En ella indicará su bibliografía así como también sus trabajos en pro de la cultura y acompañará muestra de su obra. La solicitud deberá ser respaldada por la firma de dos miembros activos.

Esta solicitud será sometida a la consideración de una Comisión especial integrada por tres miembros nombrados por la Junta Directiva y la cual deberá Informar en un plazo no mayor de 15 citas. Con base a



a las conclusiones de ese informe, la Junta Directiva aceptará o no al aspirante, y en caso afirmativo, se le hará la correspondiente participación, y sólo empezará a gozar de sus derechos luego de haber cumplido con la cuota de admisión y demás gastos de inscripción.

Articulo 7. Todo miembro activo pagará una cuota inicial de cien bolívares, y una cuota mensual mínima de cincuenta bolívares que puede variar por acuerdo mayoritario de la Asamblea. Las contribuciones especiales que disponga recaudar la Directiva con ocasión de actos extraordinarios, serán obligatorias para los miembros asistentes a dichos actos.

Articulo 8. Es deber de todos los miembros activos contribuir al incremento de la Biblioteca de la Asociación con un ejemplar de toda obra que publiquen, y con los libros y publicaciones que deseen. Los que presenten exposiciones artísticas, así no sean miembros, deberán contribuir con una obra de su producción para la galería de arte que organice la Asociación.

Artículo 9. Dejarán de ser miembros activos de la Asociación los declarados insolventes por la Secretaria de Finanzas, excepto aquellos que manifiesten y se conste su incapacidad económica para cumplir con las cuotas ordinarias acordadas.

DE LAS ASAMBLEAS

Artículo 10. La Asociación celebrará dos (2) Asambleas Generales anuales, previa convocatoria, en las cuales se tratarán las materias de su competencia. Podrá reunirse extraordinariamente cuantas veces lo crea conveniente la Junta Directiva o la mayoría de sus miembros para considerar asuntos de urgencia.

Articulo 11. Para celebrar Asamblea Ordinaria o Extraordinarias requiere por lo menos la presencia de la mitad más uno de los miembros solventes y las decisiones se tomarán por mayoría absoluta de los asistentes.Si no concurriese el número de miembros requerido, se hará una segunda convocatoria y la Asamblea se realizará con los miembros que asistan.

Artículo 12. Cuando lo reclame la índole especial de algún asunto, la Junta Directiva puede acordar que su sesión o la de la Asamblea se realice en local distinto del suyo.

Artículo 12. Cuando lo reclame la índole especial de algún asunto, la Junta Directiva puede acordar que su sesión o la de la Asamblea se realice en local distinto del suyo.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 13. La Junta Directiva de la Asociación estará integrada así: Presidente, Secretario General, Secretario de Actas, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Bienestar Social y dos Vocales para llenar las vacantes temporales. Las ausencias muy prolongadas o permanentes serán cubiertas por los miembros que designe una asamblea especialmente convocada al efecto.

Artículo 14. La elección de la Junta Directiva y del Tribunal Disciplinario se hará en Asamblea Extraordinaria, previa convocatoria por la prensa o de manera individual si es posible. Caso de no lograrse el quorum estatuido, se procederá de acuerdo con el Artículo 11.

La elección se hará un mes antes por lo menos del 29 de noviembre, natalicio de don Andrés Bello y Día del Escritor, en que deberá juramentarse y tomar posesión la Junta Directiva y el Tribunal Disciplianrio.

Artículo 15. La Junta Directiva se reunirá por lo menos dos veces al mes, para lo cual bastará la presencia de la mayoría de sus miembros.

Artículo 16. Son atribuciones del Presidente: 1) Representar a la Asociación por sí o por medio de apoderado legalmente constituído en los asuntos judiciales. 2) Representar a la Asociación en los actos oficiales, culturales, científicos y sociales para los que haya sido invitada la Asociación. Es de su atribución hacerse acompañar por algún otro miembro de la Directiva, o delegar su representación en uno de ellos. 3) Disponer la convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias tanto de la Asociación como de la Directiva. 4) Autorizar con su firma las erogaciones que acuerde la Asamblea o la Directiva; firmar junto con el Secretario de Finanzaslos cheques y abrir con la firma del Secretario de Finanzas la cuenta bancaria de la Asociación. 5) Presentar cuenta de su gestión a la Asamblea.

Artículo 17. El Secretario general suplirá las ausencias temporales del Presidente.

Artículo 18. Es responsabilidad del Secretario General: 1) Firmar las actas de la Asociación junto con el Presidente y el Secretario de Actas así como certificarlas cuando soliciten copia de las mismas. 2) Velar por la buena marcha de los servicios de la Asociación y por la disciplina de los empleados. 3) Controlar la contabildiad de la Asociación y el envío del Boletín Informativo. 4) Custodiar



el Archivo y de los bienes de la Asociación. 5) Dar cuenta en cada sesión de todo escrito dirigido a la Asociación o enviado por ella. 6) Llevar el registro de miembros. 6) En general, atender el funcionamiento administrativo de la Asociación.

Articulo 19. Es responsabilidad del Secretario de Actas llevar la minuta de las reuniones estatutarias de la Asociación; redactar las actas de la Junta Directiva y de las Asambleas y firmarlas conjuntamente con el Presidente y el Secretario General.

Artículo 20. F-s responsabilidad del Secretario de Finanzas: 1) Coordinar la recaudación de la cuotas, subvenciones oficiales y privadas y otros ingresos de la Asociación, los cuales se depositarán en cuentas bancarias que serán movilizadas de acuerdo con el Artículo 16.2) Solicitar y percibir cualquier donativo que se haga a la Asociación, previa aceptación de la Junta Dirctiva. 3) Someter a consideración de la Junta Directiva un Proyecto anual de ingresos y egresos de la Asociación. 4) Llevar el control administrativo de las finanzas de la Asociación.

5) Velar y responder por el Patrimonio de la Asociación.

6) Administrar el programa de publiaciones de la Asociación. 7) Practicar anualmente el inventario de los bienes de la Asociación y presentar trimestralmente un balance de las cuentas.

Artículo 21. Es responsabilidad del Secretario de Cultura y Bienestar Social: 1) Informar permanentemente a la Junta Directiva y a la Asamblea de las actuaciones del Instituto de Previsión Social del Escritor así como atender las diversas necesidades sociales y económicas del escritor. 2) Coordinar el programa editorial de la Asociación, la revista que le servirá de órgano de divulgación y cualquiera otra publicación que se.proponga editar. Podrá delegar esta responsabilidad en un Comité de publicaciones integrado por él y dos miembros activos, informándole previamente a la Directiva. 3) Organizar y cuidar de la Biblioteca y Galería de la Asociación y programar y realizar Talleres literarios, conferencias y actos relativos a los fines de la Asociación.

Artículo 22. La Asociación, por decisión de la Asamblea General, designará un Consultor Jurídico elegido de su seno o fuera de ella, para la resolución de todos aquellos asuntos de carácter legal o judicial cuya representación ha discernido en su Presidente. Ese consultor ejercerá la defensa de los derechos de autor que tenga confiados la Asociación; y cualquier otro mandato que le confiere el Presidente de la Junta Directiva o la Asamblea.



DEL TRIBUNAL DiSCIPLINARIO

Artículo 23. El Tribunal Disciplianrio se compondrá de tres miembros principales, elegidos de entre los miembros activos de la Asociación, en la misma oportunidad y mediante las formalidades pautadas para la elección de la Junta Directiva. Tomarán posesión de sus cargos en el mismo acto que los miembros de la Directiva. En caso de ausencia de cualqueira de los miembros del Tribunal Disciplinario se deja a elección de la Junta Directiva el nombramiento del Suplente.

Artículo 24. El Tribunal Disciplinario se reunirá a petición de la Junta Directiva o de los miembros activos que lo soliciten, previa la formulación de la denuncia ante la Junta Directiva, la cual hará la convocatoria respectiva.

Artículo 25. Los hechos de que puede conocer el Tribunal Disciplinario son: 1) Por comisión o complicidad en actos deshonestos contra la moral, contra la reputación de los miembros o contra la ética literaria. 2) Por malversación de fondo, usurpación de atribuciones o actos arbitrarios cometidos por miembros de la Junta Directiva.

Artículo 26. Los hechos previstos en el artículo anterior serán penados, con amonestación privada, suspensión temporal o expulsión.

Artículo 27. Las recusaciones se regirán por las normas procesales vigentes en el país.

Artículo 28. Las sentencias dictadas por el Tribunal disciplinario son inapelables.

Artículo 29. Los presentes Estatutos pueden ser modificados mediante decisión de Asamblea General especialmente convocada al efecto.

Artículo 30. Las situaciones no previstas en estos Estatutos como las dudas con respecto a la interpretación de uno o varios artículos de los mismos, serán resueltas por la Asamblea General, pero entre tanto, tendrá validez lo que resuelva la Junta Directiva Seccional.

Artículo 31. Estos estatutos comenzaran a regir a partir de la fecha del registro legal de la Asociación. Se derogan, en consecuencia, los Estatutos de la Asociación de Escritores de Venezuela, Seccional Bolívar, del 19 de enero de 1967. Dado, sancionado, firmado y sellado en Ciudad Bolívar, a los 16 días del mes de mayo de mil novecientos noventa. Salón provisional de sesiones en



la sede de la Dirección de Cultura, frente a la Plaza Bolívar.

DIRECTIVA DE LA ASOCIACION DE ESCRITORES DE VENEZUELA

SECCIONAL BOLIVAR

Elías Inaty Presidente

Américo Fernández Secretario General

Mercedes Quiroga Secretaria de Finanzas

Iris Aristiguieta Secretaria de Actas

Reinaldo González Secretario de Cultura

Guillermina Rodríguez Lezama Vocal

Diógenes Trocones Sánchez Vocal

TRIBUNAL DISCIPLINARIO.

Horacio Cabrera Sifontes Presidente

Teresa Coraspe Principal

Abraham Salloum Principal

REFORMA ESTATUTARIA DE LA AEV

ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACION DE ESCRITORES DE VENEZUELA, SECCIONAL BOLIVAR.
En Ciudad Bolívar, a los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y uno, a las sietes de la noche y la Casa de Cultura Carlos Raúl Villanueva”, se reunieron previa convocatoria, Elías Inaty (Presidente), Américo Fernández (Secretario General), Iris Aristiguieta (Secretaria de Actas), Reinaldo González (SecretariO de Cultura y de Finanzas), Mimina Rodríguez Lezama, Teresa Coraspe, Abraham Saloum, Oscar Pirrongelli, Gilberto Marfisis, Rene Silva Idrogo, Víctor Medina, Ondina Fernández y Heddy Sevilla de Calviño, todos miembros activos, para reformar los estatutos y elegir la Directiva para el periodo 1991-1992 de la Asociación de Escritores de Venezuela, Seccional Bolívar.

Reforma de los Estatutos

La Asamblea acordó por unanimidad y en virtud de la experiencia y realidad vivencial de la seccional, reformar los estatutos para reducir el número de miembro de la Directiva y ajustar las atribuciones en función de la fluidez y dinámica gremial.

En este sentido se acordó eliminar la Presidencia y la Secretaria de Actas y reducir la Directiva a Secretario General, absorbiendo esta secretaría sus propias atribuciones y la de la Presidencia; Secretario de Finanzas y Secretario de Cultura y Bienestar Social más tres Vocales para cubrir las vacantes temporales o definitivas.

Al efecto, la Asamblea General extraordinaria acordó:

1. Modificar el Articulo 13 con el siguiente texto: “La Junta Directiva de la Asociación estará integrada así: Secretario General, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Bienestar Social y tres vocales para llenar las vacantes temporales. Las ausencias muy prolongadas o permanentes serán cubiertas por los miembros que designe una asamblea especialmente convocada al efecto”.

2. Modificar el Articulo 16 con el siguiente texto: “Son atribuciones del Secretario General: 1) Representar a la Asociación por si y por medio de apoderado legalmente constituido en los asuntos judiciales. 2) Representar a la Asociación en los actos oficiales, culturales, científicos y sociales para los que haya sido invitada la Asociación. Es de su atribución hacerse acompañar por algún otro miembro de la Directiva, o delegar su representación en uno de ellos. 3) Disponer la convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias tanto de la Asociación como de la Directiva. 4) Autorizar con su firma las erogaciones que acuerde la asamblea o la Directiva; firmar junto con el Secretario de Finanzas los cheques y abrir con la firma del Secretario de Finanzas la cuenta bancaria de la Asociación. 5) presentar cuenta de su gestión a la Asamblea. 6) Firmar las actas de la Asociación así como certificarlas cuando soliciten copias de las mimas. 7) Custodiar el Archivo y los bienes de la Asociación. 8) Dar cuenta en cada sesión de todo escrito dirigido a la Asociación o enviado por ella. 9) Llevar el registro de miembros. 6) Proveer para que algún miembro, empleado de la Asociación lleve las actas de las reuniones que deben de firmar los miembros de la Directiva, y en general, atender el funcionamiento administrativo de la Asociación.

3. Sustituir el Artículo 17 por el Artículo 20, referente a la responsabilidad del Secretario de Finanzas.

4. Sustituir el Artículo 18 por el Artículo 21, referente a la responsabilidad del Secretario de Cultura y Bienestar Social.

5. Sustituir el Artículo 19 por el Artículo 22, referente al Consultor Jurídico.

6. Sustituir el Artículo 20 por el Artículo 23, referente a la composición del tribunal Disciplinario. A partir de aquí el Articulo 24 pasara a ser el Articulo 21; el Articulo 25 el 22; el Articulo 26 el 23; el Articulo 27el 24; el articulo 218 el 25; el Articulo 29 el 26 y el Articulo 30 el 27.

Elección de la Directiva

De acuerdo con esta reforma estatutaria, la Asamblea procedió a la elección de la Junta Directiva para el lapso 1991-1992. Quedo electa así: Secretario General, Licenciado Américo Fernández; Secretario de Finanzas, Dr. Víctor Medina; Secretario de Cultura y Bienestar Social, Dr. Rene Silva Idrogo. Vocales: Iris Aristiguieta, Ondina Fernández y Gilberto Marfisis y Mimina Rodríguez Lezama. Consultorio Jurídico: Dra. Heddy Sevilla.

Día del Escritor

Se comisiono al Secretario General Américo Fernández para elaborar el Programa con motivo del Día del Escritor el 29 de noviembre y en cuyo acto central deberá juramentar la nueva Junta Directiva.
Considerados debatidos y cumplidos los puntos de la agenda, se levanto la presenta acta y de conformidad con la misma la suscriben: Elías Inaty (Presidente). Américo Fernández (Secretario General e Iris Aristeguieta, Secretaria de Actas.